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Recuerde que este plano es meramente informátivo, de conformidad con lo preceptuado en el art. 132.1 del Reglamento General de Circulación, todo usuario de las vías objeto de dicha ley, está obligado a obedecer las señales de circulación quwe establezcan una obligación o una prohibición y a adaptar sus comportamineto al mensaje del resto de las señales reglamentarias.